Trámites de adopción de un menor domiciliado en el extranjero
 
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Trámites de adopción de un menor domiciliado en el extranjero

En Québec, el Secrétariat à l’adoption internationale, dependiente del Ministère de la Santé et des Services sociaux (MSSS), es quien coordina las actividades en materia de adopción internacional.

Por tanto, para poder adoptar a un menor domiciliado en el extranjero (incluso si es un pariente suyo), todos los residentes de Québec deben obtener el acuerdo del Secrétariat à l’adoption internationale antes de emprender trámites en el país de origen del menor.

Estas normas son válidas tanto para los residentes permanentes que aún no poseen la ciudadanía canadiense como para los ciudadanos canadienses y las personas que poseen doble nacionalidad.

Obtener el acuerdo del Secrétariat à l’adoption internationale (SAI)

Luego de haberse cerciorado de que los adoptantes son aptos para adoptar, que se han obtenido los consentimientos adecuados y que la adopción cumple con las leyes y reglamentos del país de origen de los menores y con la legislación quebequense en esta materia, el SAI da su acuerdo a un proyecto de adopción internacional expidiendo una carta de no objeción por la cual declara no conocer motivos para oponerse a la adopción de un menor domiciliado en el extranjero.

Solicitar la ciudadanía canadiense para el menor al que usted desea adoptar

Desde diciembre de 2007, la Ley de ciudadanía permite a una gran proporción de menores adoptados en el extranjero obtener la ciudadanía canadiense; de esa forma, se evita  a los adoptantes tener que seguir el proceso de apadrinamiento que puede resultarles más largo y con mayor costo. Para obtener más información sobre la concesión de la ciudadanía a los menores adoptados en el extranjero, contáctese con Citoyenneté et Immigration Canada.

Los padres adoptantes que no puedan, o no quieran, solicitar la ciudadanía para el menor al que desean adoptar en el extranjero deberán pasar a través del proceso de apadrinamiento. Para mayores detalles al respecto, puede consultar el sitio Internet de Citoyenneté et Immigration Canada o comunicarse con el Telecentro al 1 888 242-2100.

Apadrinar a un menor para adoptar (adopción internacional)

Si usted debe apadrinar al menor para adoptar, el Ministère de l’Immigration et des Communautés culturelles se comunicará directamente con usted, en cuanto haya recibido la carta de no objeción de parte del Secrétariat à l’adoption internationale, para pedirle que descargue, llene y regrese los formularios de la carpeta Solicitud de contrato de apadrinamiento – Carpeta A – Sin exigencias financieras (las personas que hayan preferido obtener la ciudadanía canadiense para el menor a adoptar están exentas de esta etapa).

 

  INFORMACIONES ÚTILES  
  • Apadrinamiento de un menor adoptado en el extranjero antes de inmigrar a Québec
    Si usted ha adoptado a un menor en el extranjero antes de inmigrar a Québec y que quiere apadrinarlo, deberá asegurase de que la sentencia de adopción obtenida tenga como efecto la ruptura del vínculo de filiación preexistente entre el menor y su familia de origen y la creación de un nuevo vínculo de filiación con el padre/madre adoptante (plena adopción).
  • Apadrinamiento de un menor originario de China
    Si el menor a adoptar es de origen chino, sírvase consultar la Advertencia a las personas en trámites para adopción de un menor chino.
 
     

 

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Fecha de actualización : 2011-09-12
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